La faja marginal es la franja de terreno junto al cauce de un río que la ley reserva para su protección, el uso público del agua, el libre tránsito y los caminos de vigilancia. En el Perú la regula la Ley de Recursos Hídricos (Ley 29338, artículo 74) y la delimita la Autoridad Nacional del Agua (ANA).
Dicho de forma sencilla: es el espacio que el río necesita para crecer sin causar daños. Cuando ese espacio se ocupa con viviendas, cultivos, rellenos o desmonte, el río no desaparece: en la siguiente crecida recupera su espacio, y con un Fenómeno El Niño lo hace con mucha más fuerza.
Por qué la faja marginal importa frente a El Niño
En los eventos de El Niño de 1997-98 y El Niño costero de 2017, buena parte de los daños en la costa norte y centro se produjeron en zonas ocupadas junto a los cauces: viviendas, vías y cultivos levantados dentro del espacio natural del río o de quebradas que llevaban años secas.
- El cauce se estrecha: cada relleno o construcción reduce la sección por la que pasa el agua y eleva el nivel en la crecida.
- Las defensas quedan sin espacio: sin faja libre no hay dónde construir o mantener enrocados y diques.
- No hay acceso para las máquinas: la descolmatación y las obras de emergencia necesitan caminos junto al río.
- Se expone a la población: quien vive dentro de la faja está en la primera línea de la inundación.
Por eso la delimitación de fajas marginales es una medida de prevención: deja claro hasta dónde llega el río y qué terrenos deben quedar libres antes de la temporada de lluvias.
Qué dice la norma
El procedimiento está regulado por el Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado por la Resolución Jefatural N.º 332-2016-ANA. La delimitación se aprueba por resolución de la Autoridad Administrativa del Agua (AAA) de cada cuenca y se hace en dos pasos:
- Paso 1. Fijar el límite superior de la ribera: hasta dónde llega el agua en la máxima avenida. Se determina con un modelamiento hidráulico del cauce o, en su caso, con el método de la huella máxima (Anexo II del reglamento), que identifica la marca dejada por las mayores crecidas.
- Paso 2. Definir el ancho de la faja: a partir de ese límite se mide el ancho de la faja marginal según los criterios del artículo 12 del reglamento. La AAA puede aprobar un ancho mayor con un informe técnico justificado (artículo 13).
En la práctica el ancho no es único: varía según el tramo. Para el río Piura, por ejemplo, la ANA aprobó una faja de ancho variable a lo largo de unos 160 km. La faja se señaliza en campo con hitos, que deben mantenerse.
Qué información técnica hace falta
Las dos etapas dependen de conocer el cauce con precisión. Sin una buena topografía y batimetría, el modelo hidráulico no es fiable y el límite de la ribera queda mal ubicado.
| Información | Cómo se obtiene | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Terreno de riberas y llanuras de inundación | LIDAR aéreo y fotogrametría con drone | Modelo digital del terreno, incluso bajo la vegetación |
| Fondo del cauce | Batimetría con ecosonda o drone acuático | Sección real del río para el modelamiento hidráulico |
| Red de control | GNSS y topografía terrestre | Coordenadas oficiales y comparables entre campañas |
| Secciones transversales y perfil | Del modelo topobatimétrico | Entrada del modelo hidráulico (por ejemplo, HEC-RAS) |
| Huellas de crecidas, ocupaciones y estructuras | Ortofoto, LIDAR y levantamiento de campo | Método de huella máxima e inventario de lo que hay dentro de la faja |
| Hitos de la faja | Replanteo con GNSS o estación total | Señalización en campo de lo aprobado |
Cómo se hace, paso a paso
1. Red de control
Se colocan y miden hitos con GNSS enlazados a la red geodésica oficial. Todo el trabajo —el modelo, los límites y los hitos que se colocarán después— queda en el mismo sistema de coordenadas.
2. Levantamiento del cauce y las riberas
El LIDAR aéreo con drone captura las riberas, las terrazas y las llanuras de inundación, incluso con vegetación. La batimetría mide el fondo en las zonas con agua. Ambos se integran en un único modelo topobatimétrico.
3. Modelamiento hidráulico
Con las secciones extraídas del modelo, los especialistas en hidráulica simulan el caudal de máxima avenida y obtienen el límite superior de la ribera a lo largo del tramo.
4. Trazado de la faja y planos
Desde ese límite se traza la faja marginal con el ancho que corresponde a cada tramo, se identifican las ocupaciones existentes y se preparan los planos y la memoria para el expediente.
5. Replanteo y monumentación
Una vez aprobada la resolución, se replantean en campo los hitos que señalizan la faja, con sus coordenadas.
Para saber más sobre cómo prepararse antes de las lluvias, puedes leer cómo el monitoreo de ríos y quebradas ayuda a anticiparse a El Niño.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la faja marginal de un río?
Es la franja de terreno aledaña al cauce que la Ley de Recursos Hídricos reserva para la protección del río, el uso primario del agua, el libre tránsito, la pesca y los caminos de vigilancia. Es un bien de dominio público hidráulico.
¿Quién delimita las fajas marginales en el Perú?
La Autoridad Nacional del Agua, a través de la Autoridad Administrativa del Agua (AAA) de cada cuenca, que aprueba la delimitación por resolución según el reglamento aprobado por la RJ N.º 332-2016-ANA.
¿Cómo se calcula el ancho de la faja marginal?
Primero se fija el límite superior de la ribera para la máxima avenida, con modelamiento hidráulico o con el método de la huella máxima. Desde ese límite se mide el ancho según los criterios del reglamento; la AAA puede aprobar un ancho mayor con un informe técnico.
¿Se puede construir dentro de la faja marginal?
No. La faja marginal está reservada a los usos que fija la ley y no se pueden levantar viviendas ni otras construcciones dentro de ella.
¿Qué tiene que ver con el Fenómeno El Niño?
Las crecidas extraordinarias recuperan el espacio del río. Una faja marginal delimitada y libre reduce los daños, deja espacio para las defensas y permite el acceso de maquinaria para obras de emergencia.
Normas y fuentes de referencia
- Ley N.º 29338, Ley de Recursos Hídricos – artículo 74
- Autoridad Nacional del Agua – Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales (RJ N.º 332-2016-ANA)
- ENFEN – Comunicados oficiales del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño







